El seguro para patinetes eléctricos es obligatorio en España desde enero de 2026, según la Ley 5/2025, de 24 de julio, publicada en el BOE el 25 de julio, que reforma la Ley de Seguros de Automóviles para incluir a los Vehículos de Movilidad Personal (VMP).
Están obligados a asegurarse todos los que circulen entre 6 y 25 km/h con un peso inferior o igual a 25 kg (VPL/ligeros o de tipo A), y todos aquellos que puedan circular a más de 14 km/h que superen ese peso (pesados o de tipo B).
La nueva normativa indica que el seguro obligatorio para patinete eléctrico debe ofrecer la responsabilidad civil por daños a terceros hasta 6.450.000 euros por daños personales ocasionados y hasta 1.300.000 euros por los materiales, en el caso de los patinetes ligeros.
Para los patinetes pesados la cobertura obligatoria es de 15 millones de euros para daños materiales y de 70 millones para los personales.
EN RESUMEN
VMP Ligero (<25kg):
- Cobertura de daños personales de 6.450.000 euros
- Cobertura de daños materiales de 1.300.000 euros
VMP Pesado (>25Kg):
- Cobertura de daños personales de 70.000.000 euros
- Cobertura de daños materiales de 15.000.000 euros
La AVMPLEON, dispone de enlace directo a la Sede Electrónica de la DGT para facilitar el acceso a los trámites burocráticos a los usuarios de vehículos de movilidad personal de León.
Desde el 30 de enero de 2024, es obligatorio registrar los VMP y adquirir la 'etiqueta identificativa' (matrícula) para poder circular.
El registro puede realizarse aquí:
DGT - Vehículos de Movilidad Personal (VMP)
Puedes llamar al 060 si necesitas más información.
- Horario de atención automática: Ininterrumpido, 24 horas todos los días del año.
- Horario de atención por un agente especializado: De lunes a viernes de 9.00 a 18.00 horas, excepto festivos nacionales.
Si estás en el extranjero y deseas contactar con la DGT podrás hacerlo llamando al número de teléfono +34 902 887 060.
Todos los propietarios de patinetes (o los tutores legales en caso de menores), tienen que inscribir su VMP en el Registro Nacional de Vehículos a través de la sede electrónica de la DGT como paso previo a su aseguramiento obligatorio, establecido la Ley 5/2025 de 24 de julio.
Una vez obtenido el certificado de inscripción, el titular podrá adquirir la etiqueta identificativa que deberá colocar en el porta-identificador destinado a tal efecto en el VMP una vez que disponga de ella.
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el real decreto que regula el funcionamiento de este registro, que entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, que está previsto para las próximas fechas.
Todos los propietarios de patinetes (o los tutores legales en caso de menores), tienen que inscribir su VMP en el Registro Nacional de Vehículos a través de la sede electrónica de la DGT como paso previo a su aseguramiento obligatorio, establecido la Ley 5/2025 de 24 de julio.
Según lo dispuesto en la ley sobre responsabilidad civil y seguro, carecer del mismo será sancionado con entre 202 y 610 euros y circular con un VMP sin seguro con entre 250 y 800 euros en función de si es considerado vehículo personal ligero o vehículo a motor (más de 25 kilogramos de peso y más de 14 kilómetros/hora) por la citada Ley del Seguro.
Más información: Ministerio del Interior






